Formalidades

Garantia bancaria

La mayoría de nuestros clientes arrendatarios están cubiertos por una garantía de su Sociedad, que se compromete a pagar los alquileres. Si éste no fuera el caso, el Arrendador puede exigir una garantía bancaria para garantizar el pago de los alquileres.

Le Arrendatario, por lo tanto, deberá suministrar en el momento de la firma del contrato una garantía de un establecimiento bancario ubicado en Francia.

La garantía bancaria representa normalmente una suma equivalente a 12 meses de alquiler y puede renovarse si el arrendatario alarga su estancia. La duración de dicha garantía es la misma del contrato. Por lo tanto, finaliza en el momento en que se marcha el arrendatario.

Una garantía bancaria tiene un coste. A título indicativo, el banco factura este servicio por un importe del 0,5-3% de la suma bloqueada, suma a la que se añade una suma a tanto alzado por gastos de expediente (entre 100 y 200 €). El dinero bloqueado se invierte y puede aportar intereses con toda seguridad.